¿Cuáles son los derechos del arrendador y del arrendatario?

Recuerda que como inquilino tienes derechos y obligaciones contempladas en las leyes peruanas. Compartimos contigo información que puede resultar útil al momento de alquilar un inmueble. 

¿Quién es un arrendador?

Es la persona propietaria de una vivienda que ha decidido ceder el uso de esa propiedad a otra persona a cambio de dinero y por un plazo determinado. 

¿Quién es un arrendatario o inquilino?

Es la persona que tiene el derecho a usar una vivienda por un tiempo determinado a cambio de un pago.

¿Cuáles son mis derechos como inquilino?

  • Pedir las condiciones necesarias para una vivienda digna (acceso a agua, electricidad, servicios higiénicos, salubridad, etc.). 
  • Utilizar la vivienda durante la vigencia del contrato. 
  • Tienes derecho a exigir un recibo o factura que detalle la constancia de tu pago mensual de arriendo. 
  • No te pueden cortar los servicios básicos (luz, agua) para desalojarte de la vivienda. 
  • El arrendatario no puede desalojarte sin avisarte previamente. 
  • ¿Cuáles son mis obligaciones como arrendatario o inquilino?

  • Realizar el pago de la garantía y el pago del alquiler en los plazos convenidos para poder vivir en el inmueble arrendado.
  • Cuidar del inmueble y usarlo exclusivamente como vivienda. 
  • Pagar los servicios públicos que le fueran suministrados en beneficio del inmueble, los que tienen la condición de conceptos complementarios. 
  • Dar aviso inmediato al Arrendador respecto de cualquier usurpación, perturbación o imposición de servidumbre que se intente contra el inmueble. 
  • Permitir que el Arrendador inspeccione de forma justificada el inmueble, previa coordinación. Devolver el inmueble a la fecha de vencimiento del contrato, sin más deterioro que el de su uso ordinario. 
  • Efectuar por cuenta propia los gastos de conservación y de mantenimiento ordinarios que sean necesarios para mantener el inmueble en el mismo estado en que fue recibido. 
  • Dar aviso inmediato de las reparaciones que deben efectuarse, bajo responsabilidad por daños y perjuicios resultantes. El pago de las reparaciones por cuenta del Arrendatario no puede imputarse ni compensarse al pago de la renta o de los conceptos complementarios. 
  • No realizar cambios o alteraciones internas y/o externas en el inmueble, a menos que tengas el consentimiento por escrito del Arrendador, quedando convenido que aquellos que se introduzcan, quedan en beneficio de este, sin obligación del Arrendador de pagar su valor. 
  • ¿Qué es el desahucio?

    Es la petición que hace el propietario, solicitando la desocupación de la vivienda al arrendatario por los atrasos del pago mensual.

    Para más información puedes consultar el Decreto Legislativo aquí.

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