En Brasil, las personas migrantes, refugiadas y solicitantes de refugio tienen derecho a trabajar en el país, con los mismos derechos laborales que una persona trabajadora brasileña, independientemente de su nacionalidad y condición migratoria.
Derechos laborales como la jornada máxima de trabajo de 12 horas diarias y 44 horas semanales, la libreta de trabajo firmada, las vacaciones pagadas, el 13º salario, el salario mínimo, el descanso semanal, entre otros, deben ser respetados y garantizados para todos y todas, ya sean nacionales, migrantes, personas refugiadas o solicitantes de refugio.
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