Para tener un contrato de trabajo ante un empleador, debes contar con una visa laboral habilitante (visa temporal, visa permanente, VERHU, de Refugio, Profesional, etc.).
Si cuentas con un contrato de trabajo, tienes acceso a los siguientes derechos:
El sueldo básico mínimo es de 425 USD (actualizado en 2022).
Según la ley en Ecuador, la jornada de trabajo es de 8 horas diarias, con un máximo de 40 horas semanales. Las horas trabajadas fuera de la jornada de trabajo se denominan horas extra, que no deben exceder las 4 horas en un día, ni las 12 horas a la semana. Las horas extra diurnas (06 a 23h) deberán ser pagadas con un 50% de recargo, mientras que las horas extras nocturnas (24 a 06h) deberán ser pagas con en 100% de recargo.
El décimo tercer sueldo es una una bonificación económica anual que un empleador debe pagar a todas las personas que trabajen en relación de dependencia laboral, para aliviar sus gastos económicos durante las fiestas navideñas.
El décimo cuarto sueldo es una bonificación mensual equivalente a la doceava parte del salario básico para los trabajadores en general. Se toma en cuenta el régimen escolar para su pago en Costa, Sierra, Amazonía y la región Insular.
Si acabas de convertirte en padre, tienes derecho a una licencia remunerada de 10 días, con opción a ampliar la licencia en los siguientes casos especiales:
Si acabas de convertirte en madre, tienes derecho a una licencia de 12 semanas remuneradas, que pueden ser tomadas incluso antes del nacimiento de tu hijo o hija. Debes retornar a tus actividades al cumplir este plazo. Puedes ampliar la licencia por 10 días más en caso de cesárea o parto múltiple.
Cuando te hayas reincorporado a tus actividades, tendrás jornadas de 6 horas por motivos de lactancia, hasta los 12 meses de edad de tu hijo o hija. Recuerda que seguirás percibiendo tu sueldo completo. No pueden descontarte tus horas de lactancia.
Más información:
Contrato tácito o verbal
Se trata de un acuerdo de palabra que rige la relación de trabajo que se genera entre un patrono y un empleado. No hace falta firmar un documento. Por ejemplo, cuando una persona contrata a un trabajador para que realice una labor por un monto específico. Este tipo de contrato puede generar riesgos de explotación o incumplimiento del pago acordado por parte del empleador. Siempre es preferible realizar un contrato escrito, así como cualquier modificación posterior del mismo. De esta forma se garantizan los derechos de las personas trabajadoras en caso de explotación laboral.
Contrato a plazo fijo
Es un contrato de tiempo limitado con una duración de un año, que puede extenderse por un año más. En cualquier momento de ese período, el patrono , puede terminar el contrato (desahucio) con un aviso de treinta días de anticipación. Si el contrato pasa de dos años, se transforma en indefinido.
Contrato indefinido
Es un contrato sin fecha de terminación. No tiene límite para dar por terminada la relación laboral. Si el patrono decide hacerlo, aplica el despido intempestivo, por lo que debe pagar todas las indemnizaciones. Este contrato no puede darse antes de cumplir un año de trabajo.
Contrato de prueba
Es un contrato de plazo no renovable. Cuando una persona ingresa a trabajar en cualquier empresa, firma un contrato que establece una prueba de 90 días. En ese tiempo, el patrono o el empleado pueden dar por terminado el contrato.
Contrato por obra cierta
Se trata de un contrato pago por una acción. Se contrata a una persona para que realice una obra determinada, con una paga total por la misma. No importa el tiempo que demore en hacer el trabajo, por ejemplo, el corte de plantas de un terreno.
Contrato por tarea
Se trata de un contrato de trabajo para una tarea determinada y por un tiempo determinado, por ejemplo, presentar un estudio en cinco o diez días. Una vez cumplido el trabajo en el plazo fijado, termina el contrato.
Contrato por destajo
Se trata de un contrato para realizar un trabajo por partes, y el pago se pacta para cada una de estas partes, sin tomar en cuenta el tiempo invertido, por ejemplo, cuando se realiza una cosecha y se paga al trabajador por cada tonelada recogida.
Contrato eventual
Aplica para casos fortuitos u ocasionales. Cubren una necesidad puntual, por ejemplo, cuando se reemplaza a una trabajadora por período de maternidad. También puede aplicarse para aumentar la producción, pero no puede durar más de 180 días continuos o al año.
Contrato por temporada
Aplica para acciones o trabajos en ciclos o temporadas específicas, cuando una firma o empresa contrata a una o varias personas para hacer trabajos cada cierto tiempo. La empresa debe llamar a los trabajadores y las trabajadoras en todas las temporadas pactadas, por ejemplo, en Navidad. De lo contrario, se considera como despido intempestivo.
Contratos ocasionales
Aplica para emergencias y sirve para atender necesidades emergentes de una compañía o del empleador, que no están vinculadas con la actividad habitual, por ejemplo, cuando se contrata personal para arreglar el piso dañado de una oficina.
El rol de pagos es un informe mensual entregado a cada empleado, en donde se podrá observar claramente el detalle de lo ganado durante el mes.
Un rol de pagos debe incluir los siguientes elementos:
Con todo lo expuesto previamente, se observará al final una cantidad neta que la persona empleada recibe en efectivo o a través de transferencia. Es muy importante que las dos copias del rol de pagos estén firmadas por las dos partes. Esto servirá para evitar inconvenientes a futuro.